Juan Manuel Urquiza cuestiona la prescripción de un caso de violencia familiar y señala una posible inactividad de la Fiscalía, al considerar que la resolución judicial impidió que los hechos y las pruebas fueran analizados de fondo.
La prescripción del proceso por violencia familiar
El juez Juan Carlos Zúñiga declaró la prescripción del proceso por violencia familiar iniciado contra Elba Carolina Íñiguez Vargas, decisión que ha sido cuestionada por la parte de Juan Manuel Urquiza Trejo al considerar que podría contravenir principios constitucionales de legalidad, debido proceso y acceso efectivo a la justicia.
De acuerdo con Urquiza Trejo, la determinación judicial habría impedido analizar de fondo los hechos denunciados y valorar plenamente ante un tribunal las pruebas reunidas durante la investigación.
Este procedimiento es distinto de la resolución federal que determinó la no vinculación a proceso de Juan Manuel Urquiza Trejo en otro caso.
Los argumentos de Juan Manuel Urquiza contra la resolución
Urquiza Trejo sostiene que la resolución debe revisarse a la luz de los artículos 1.º y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que obligan a todas las autoridades a proteger los derechos humanos y garantizan que ninguna persona sea privada de una justicia pronta, completa e imparcial.
Asimismo, cuestionó si para calcular la prescripción se consideraron correctamente la fecha de los hechos, la presentación de la denuncia, las actuaciones de la Fiscalía y las posibles causas legales que pudieron suspender o interrumpir el plazo.
“La prescripción no puede convertirse en una puerta para la impunidad ni utilizarse para cerrar un caso sin estudiar todos sus antecedentes. Solicitaré que la resolución sea revisada por las instancias correspondientes”, manifestó la parte denunciante.
La resolución podría ser impugnada
La decisión podría ser combatida mediante los recursos legales procedentes, con el propósito de que una autoridad superior determine si el juez aplicó correctamente la legislación y respetó los derechos de las partes.
Hasta el momento, no se cuenta con una postura pública del juez Juan Carlos Zúñiga ni de la defensa de Íñiguez Vargas respecto de estos señalamientos. Por ello, la presunta infracción constitucional constituye la posición de la parte inconforme y deberá ser resuelta por las autoridades competentes.
El caso vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de que las resoluciones relacionadas con violencia familiar sean exhaustivas, estén debidamente fundamentadas y garanticen tanto los derechos de las víctimas como el debido proceso de la persona señalada.
